Tienes derecho a hacer retiros de tu afore por dos razones: matrimonio o desempleo. En esta ocasión te contaremos qué tienes que hacer en caso de estar desempleado.
¿Qué saber primero?
- Asegúrate de tener tu afore vigente.
- Puedes hacer un retiro de este tipo una vez cada 5 años, esto quiere decir que si ya hiciste un retiro hace menos tiempo, tendrás que esperar a que se cumplan 5 años.
- Investiga si estás dado de alta en IMSS o en ISSSTE porque los requisitos y condiciones pueden variar.
- Toma en cuenta que se descontarán semanas de tu cotización.
Afiliado al IMSS
- Debes tener al menos dos años de cotización y por lo menos tres años con una cuenta abierta.
- Puedes retirar mínimo 30 días y máximo 90 días de tu salario base de cotización.
- Debes contar con una Certificación de Baja del Trabajador Desempleado del IMSS (se otorga a partir del día 46 de desempleo).
- Debes acudir a la Subdelegación Administrativa del IMSS que te corresponde y solicitar la Certificación de Baja del Trabajador Desempleado. Ya con esta certificación, deberás acudir a la Afore que administra tu cuenta individual y solicitar tus recursos. La Afore te entregará la cantidad que te corresponde en un máximo de cinco días hábiles vía cheque o depósito.
Afiliado al ISSSTE
- Puedes hacer uso de este derecho, si como trabajador, tienes una cuenta individual y acreditas (con los estados de cuenta correspondientes) que no efectuaste retiros durante los últimos cinco años.
- Como trabajador en el Régimen de Cuentas Individuales, puedes retirar la cantidad que resulte menor entre 75 días de tu sueldo básico de los últimos cinco años, o el 10% del saldo registrado en tu Subcuenta de Retiro, Cesantía en edad Avanzada y Vejez. Si en cambio, eres trabajador en el Régimen del Artículo Décimo Transitorio, puedes retirar hasta el 10% del saldo reflejado en la Subcuenta de Retiro.
- Debes contar con el certificado emitido por el ISSSTE (se otorga a partir del día 46 de desempleo).
- Para tramitar tu retiro por desempleo debes acudir a la Delegación Estatal o Regional del ISSSTE que te corresponde y solicitar el certificado de desempleo. Posteriormente, deberás acudir a la Afore que administra tu cuenta individual y solicitar los recursos. La Afore te entregará la cantidad que te corresponde vía cheque o depósito.
- Se te descuentan años de servicio, de acuerdo con la Ley del ISSSTE: el retiro que realice el trabajador de los recursos de su cuenta individual disminuirá en igual proporción a sus años de cotización ante el Instituto.
Si tienes dudas todavía, déjanos tus preguntas en los comentarios o hagamos una cita para revisar tu caso.