10 cosas que debes saber acerca de RIF

  1. Las personas físicas que se integren Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) tendrán descuento en el Impuesto sobre la Renta (ISR) del 100% durante el primer año.
  2. A partir del segundo año y hasta el año 10 el descuento de ISR disminuye. Es decir, una vez que tengas once años en este régimen, ya no habrá descuento de ISR.
  3. Está pensado para personas que tienen ingresan hasta 2 millones de pesos anuales.
  4. Puedes obtener ingresos también por: sueldos o salarios, asimilados a salarios, arrendamiento de casa habitación o local comercial e intereses.
  5. Debes presentar tu declaración bimestralmente.
  6. Puedes realizar todo tu proceso de declaración y pago de impuestos en línea.
  7. Si tienes ejercicios pendientes antes de 2014, puedes disminuir en RIF el saldo que tengas pendiente a pagar.
  8. Los pagos honorarios médicos y dentales no son deducibles.
  9. Se recomienda para prestación de servicios que no requieran título profesional.
  10. Efectuar el pago de las erogaciones relativas a sus compras e inversiones, cuyo importe sea superior a $5,000.00.

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